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Thousand Oaks – Ordenanza sobre anfitriones sociales

Naturaleza del incidente: Ordenanza de anfitriones sociales de Thousand Oaks
Ubicación: Ciudad de Thousand Oaks
Fecha y hora: 1 de abril de 2022
Narrativo:
¿QUÉ ES UNA ORDENANZA DE ANFITRIÓN SOCIAL?

En un esfuerzo por combatir el consumo de alcohol por parte de menores de edad, el Ayuntamiento de Thousand Oaks promulgó en 2006 una ley que regula los “anfitriones sociales”. Una ordenanza sobre anfitriones sociales obliga a rendir cuentas al anfitrión de una reunión en la que se permita el consumo de alcohol por parte de menores de edad. Cualquier persona de 18 años o más que organice una reunión de este tipo estará sujeta a una multa asociada a la ordenanza. Si el anfitrión de una reunión de este tipo tiene 17 años o menos, los padres de ese menor serán considerados corresponsables junto con su hijo adolescente y estarán sujetos a la multa, incluso si no estuvieron presentes o no sabían de la reunión.

¿POR QUÉ SON NECESARIAS LAS ORDENANZAS DE ANFITRIÓN SOCIAL?

Una ordenanza para anfitriones sociales consolida y refuerza el mensaje de que no se tolerará el consumo de alcohol por parte de menores de edad en la ciudad de Thousand Oaks. La ordenanza también disuade a los anfitriones de crear situaciones peligrosas e ilegales que involucren a menores de edad y reduce las molestias que las reuniones ruidosas infligen a la comunidad.

Además, una Ordenanza sobre Acogida Social:

  • Empodera a los padres, vecinos frustrados y residentes preocupados a buscar ayuda de

aplicación de la ley cuando hay jóvenes sospechosos de consumir alcohol siendo menores de edad o de otras situaciones potencialmente peligrosas o ilegales que involucren a menores.

  • Esta ordenanza proporciona a las fuerzas del orden una herramienta y un curso de acción eficaces para combatir el consumo de alcohol por parte de menores de edad y sirve como un importante elemento disuasorio para la celebración de fiestas en las que participen menores y alcohol.

MULTAS POR REUNIONES EN LAS QUE SE PERMITE EL CONSUMO DE ALCOHOL POR PARTE DE MENORES DE EDAD:

Las sanciones por una infracción de la ordenanza de anfitriones sociales comienzan en $2,500.00 por la primera infracción, $3,500.00 por la segunda y $5,000.00 por la tercera y posteriores infracciones. Se puede permitir a los infractores realizar servicio comunitario en lugar de una sanción económica solo por la primera infracción. Las horas de servicio comunitario se han aumentado a 120 horas en un solo año con una tarifa adicional de $100, como se contabiliza en la tabla de tarifas de usuario de toda la ciudad (octubre de 2013), para la administración de las horas de servicio comunitario en lugar de la multa por anfitriones sociales.

Preparado por:

Sargento Dillan Álvarez

Fecha de comunicado de prensa: 1 de abril de 2022
Contacto de seguimiento de medios: Sargento Dillan Álvarez (805) 208-4650
Aprobado por: Capitán Dean Cook